Lasala de calderas comunitaria de gas no puede ubicarse en un segundo sótano. Según el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios, (artículo 1 de la IT..2.3, “Salas de máquinas con generadores de calor a gas”) “las salas de máquinas con generadores de calor a gas se situarán en un nivel igual o superior al
Calderas14 noviembre, 2016 En los últimos meses han entrado en vigor diferentes normativas técnicas, sobre todo en transposiciones de directivas europeas —como la Directiva 2009/125/EC, más conocida como ErP o Ecodiseño—, que han revolucionado las clasificaciones de los equipos térmicos que hasta la fecha usaban como referencia los
Lascalderas de gas ya han quedado obsoletas, y las bombas de calor (aerotermia) consiguen ahorrar más en la factura del mes, si bien su coste es muy elevado. «El Consejo ha adoptado hoy nuevas
Requisitosecodiseño para aparatos de calefacción local, IDAE. El 1 de enero de 2020 comienza la aplicación del Reglamento que establece los requisitos de diseño ecológico para calderas de biomasa, ya que finaliza el periodo transitorio establecido por el Reglamento 2015/1189 de diseño ecológico aplicable a calderas de combustible
Tambiénsegún el RITE, (artículo 4 de la IT .2.8 “Medidas específicas para edificación existente”) “no está permitida la ubicación de las salas de máquinas con calderas a gas en niveles inferiores a semisótano o primer sótano; en las reformas de salas por debajo de ese nivel se deberá habilitar un nuevo local para las
BOEA-2006-15345 Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. . 189 180 2 124 189 216 23 466

normativa calderas de gas 2020